

El Diario Oficial de Extremadura ha publicado en el día de hoy los extractos de esta convocatoria de ayudas, promovida e impulsada por APRODERVI, iniciándose por tanto el plazo de solicitudes.
A continuación, desglosamos los detalles técnicos y administrativos de la convocatoria.
Fecha de apertura: 26 de febrero de 2026.
Fecha de cierre: 25 de mayo de 2026.
Finalidad
Específicamente, esta convocatoria está dirigida a financiar proyectos no productivos, centrados en garantizar servicios básicos para la economía y la población rural.
Para lograr este objetivo, las ayudas buscan fomentar diversas actuaciones concretas en el territorio, entre las que destacan:
- Tecnología y conectividad: Proyectos que faciliten el acceso de la población local a los servicios telemáticos y promuevan nuevas formas de trabajo mediante el uso de nuevas tecnologías.
- Atención e información: Establecimiento de puntos de información orientados tanto a las empresas como a los habitantes de la zona.
- Infraestructuras y equipamiento público: Puesta en marcha y funcionamiento de instalaciones destinadas a:
◦ Servicios sociales o asistenciales: Guarderías, residencias de mayores, atención domiciliaria y teleasistencia.
◦ Servicios culturales, deportivos y de ocio.
◦ Servicios económicos: Mercados, básculas públicas, entre otros.
- Fomento de actividades: Proyectos que impulsen la realización de actividades de carácter cultural, deportivo y de servicios de proximidad a la población.
- Desarrollo turístico: Puesta en marcha de infraestructuras turísticas en el medio rural enfocadas en la información, acogida y recepción de visitantes, tales como puntos de información, señalización turística, centros de reserva y mejora de accesos a lugares de interés.
- Mejora socioeconómica y ambiental: Otras actuaciones contempladas en las Estrategias de Desarrollo Local Participativo (EDLP) que aporten una mejora ambiental o social a los municipios y un valor añadido a su desarrollo socioeconómico (con la excepción de ciertas infraestructuras de banda ancha
Gastos subvencionables
Los gastos que se consideran subvencionables deben responder de manera indudable a la naturaleza de la actividad y realizarse con posterioridad al acta de no inicio de la inversión o a la fecha de solicitud de la ayuda.
Se dividen principalmente en tres categorías:
Obra civil e instalaciones:
- Acometidas de servicios necesarios para la actividad, siempre que permanezcan en propiedad de la entidad beneficiaria durante al menos 5 años (sin cederse a ayuntamientos o empresas de suministros).
- Urbanización adecuada al proyecto, ejecutada sobre terrenos propiedad de la entidad y que no sean objeto de cesión.
- Obra civil e instalaciones (eléctricas, contra incendios, etc.).
- Nota: En caso de obra nueva, solo es subvencionable si se realiza en terrenos o inmuebles propiedad de la persona beneficiaria.
Maquinaria y equipamiento:
- Bienes de equipo: maquinaria, equipos de medida y control, mobiliario y enseres, equipos informáticos, etc..
- Elementos de transporte: solo si se destinan de forma exclusiva al fin del proyecto y son imprescindibles para la actividad.
- Energías renovables: exclusivamente cuando las instalaciones se destinen al autoconsumo.
- Exclusiones: No se subvenciona el material amortizable en un año ni gastos cuya durabilidad sea inferior al compromiso de mantenimiento de las inversiones.
Otras inversiones y gastos (con límites específicos):
- Inmovilizado inmaterial: compra de patentes, licencias o software, con un límite del 12% de los gastos subvencionables (excepto aplicaciones informáticas inherentes a la actividad).
- Gastos técnicos y legales: honorarios de redacción de proyecto (máximo 5% de la ejecución material), dirección de obras y coordinación de seguridad (máximo 5%), estudios de viabilidad, y gastos notariales o registrales. Todos estos conceptos en conjunto no pueden superar el 20% del gasto total subvencionable. Estos gastos técnicos pueden ser previos a la solicitud (hasta 6 meses antes del acta de no inicio).
- Promoción: actividades de promoción de carácter genérico.
- Ejecución de obras: si la obra civil se hace por contrata, se subvencionan los gastos generales (hasta un 17%) y el beneficio industrial (hasta un 6%). Si la promueve una entidad local y la ejecuta por administración, se subvenciona la mano de obra contratada específicamente para ese proyecto, con un límite general del 60% del presupuesto total
Alcance de la ayuda (porcentaje y cuantías)
Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva a fondo perdido.
Alcance de las ayudas (Límites financieros):
- Importe máximo por proyecto: La ayuda máxima que se puede percibir por cada solicitud es de 60.000,00 €.
- Límite de solicitudes: Cada entidad solicitante puede presentar un máximo de dos solicitudes en esta convocatoria.
- Presupuesto total de la convocatoria: Se destina un montante total de 950.000 euros. Además, si las disponibilidades presupuestarias lo permiten, esta cuantía inicial podría aumentarse hasta en un 20% extra antes de resolver la concesión.
Porcentajes de ayuda: El porcentaje de subvención que se concede a cada proyecto puede alcanzar hasta el 100% de los gastos elegibles, pero dependerá directamente de la puntuación que obtenga el proyecto en la fase de valoración (baremación).
Nomativa y solicitud
• Plazo de presentación: 3 MESES a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) (último día el 25 de mayo de 2026).
Órgano gestor
La gestión técnica, instrucción y evaluación de los expedientes corresponde a APRODERVI (Asociación para la Promoción y el Desarrollo Rural del Geoparque Mundial UNESCO Villuercas – Ibores – Jara).
• Oficina Técnica: Paseo de Extremadura, 6. 10136 Cañamero (Cáceres).
Extractos de la convocatoria (DOE)
Acceso a la plataforma ARADO
La tramitación es 100% telemática. Las solicitudes no se pueden presentar en papel. Es necesario disponer de Certificado Digital o DNI Electrónico.
Otros documentos:
Consultar la sección "Documentos" que aparece al final de la página.