


El Diario Oficial de Extremadura ha publicado en el día de hoy los extractos de esta convocatoria de ayudas, promovida e impulsada por APRODERVI, iniciándose por tanto el plazo de solicitudes.
A continuación, desglosamos los detalles técnicos y administrativos de la convocatoria.
Fecha de apertura: 21 de febrero de 2026.
Fecha de cierre: 20 de mayo de 2026.
Finalidad
El objetivo principal de esta convocatoria es apoyar proyectos productivos que fomenten el desarrollo económico, la creación de empleo y la innovación en el entorno rural del Geoparque. Las ayudas se dividen en dos líneas de actuación diferenciadas:
• Transformación y comercialización de productos agrícolas: Dirigida a mejorar el rendimiento de industrias agroalimentarias (ej. almazaras, queserías, sector de la miel, vino, etc.).
• Creación y desarrollo de empresas y actividades no agrícolas: Destinada a impulsar el turismo, la industria, el comercio y los servicios, favoreciendo la diversificación de la economía local.
Gastos subvencionables
Serán elegibles las inversiones que se realicen con posterioridad al levantamiento del Acta de No Inicio por parte de los técnicos de APRODERVI. Los conceptos financiables incluyen:
• Obra civil e instalaciones: Construcción o reforma de inmuebles sobre terrenos propiedad del beneficiario.
• Maquinaria y bienes de equipo: Deben ser nuevos (se excluye la segunda mano). Incluye equipamiento informático y mobiliario.
• Energías renovables: Instalaciones destinadas exclusivamente al autoconsumo de la empresa.
• Inversiones inmateriales: Adquisición de patentes, licencias y software (hasta un máximo del 12% del total subvencionable).
• Honorarios técnicos: Redacción de proyectos, dirección de obra y estudios de viabilidad (hasta un máximo del 20% del total subvencionable).
Nota: No son subvencionables el IVA recuperable, la compra de terrenos, la vivienda o los vehículos de turismo.
Destinatarios
Podrán beneficiarse de estas ayudas las personas físicas (autónomos), jurídicas (empresas) y sus agrupaciones (Comunidades de Bienes) que tengan la condición de PYME (Microempresa, Pequeña o Mediana Empresa).
Ámbito geográfico: El proyecto debe ubicarse obligatoriamente en uno de los siguientes municipios: Aldeacentenera, Alía, Berzocana, Cabañas del Castillo, Campillo de Deleitosa, Cañamero, Carrascalejo, Castañar de Ibor, Deleitosa, Fresnedoso de Ibor, Garvín, Guadalupe, Logrosán, Navalvillar de Ibor, Navezuelas, Peraleda de San Román, Robledollano, Valdelacasa de Tajo y Villar del Pedroso (incluyendo Navatrasierra).
Alcance de la ayuda (porcentaje y cuantías)
Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva a fondo perdido.
• Intensidad de la ayuda: Hasta un máximo del 65% de la inversión auxiliable, dependiendo de la puntuación obtenida en la baremación (empleo, innovación, ubicación, etc.).
• Límites de inversión por proyecto:
◦ Proyectos NO Agrícolas: Hasta 150.000 € de ayuda máxima.
◦ Productos Agrícolas (Anexo I): Hasta 100.000 € de ayuda máxima.
◦ Productos Agrícolas (No Anexo I): Hasta 50.000 € de ayuda máxima
• Inversión mínima: El proyecto debe tener una inversión elegible mínima de 5.000 €
Nomativa y solicitud
• Plazo de presentación: 3 MESES a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) (último día el 20 de mayo de 2026).
Órgano gestor
La gestión técnica, instrucción y evaluación de los expedientes corresponde a APRODERVI (Asociación para la Promoción y el Desarrollo Rural del Geoparque Mundial UNESCO Villuercas – Ibores – Jara).
• Oficina Técnica: Paseo de Extremadura, 6. 10136 Cañamero (Cáceres).
Extractos de la convocatoria (DOE)
Acceso a la plataforma ARADO
La tramitación es 100% telemática. Las solicitudes no se pueden presentar en papel. Es necesario disponer de Certificado Digital o DNI Electrónico.
Documentos divulgativos y didácticos:
Breve Audioguía de ayuda (IA), Breve resumen de la convocatoria de ayudas en PDF y Guía Básica de Ayudas.
Otros documentos:
Consultar la sección "Documentos" que aparece al final de la página.